Reclamación patrimonial

Normativa

Una reclamación o responsabilidad patrimonial es el procedimiento establecido para tramitar y resolver las reclamaciones de importe no superior a 30.000 € que los particulares interpongan por los daños y perjuicios que se entiendan causados por la prestación de los servicios públicos, o con ocasión de estos, en el ámbito competencial de la Conselleria de Sanidad.
Cuando la cuantía de la reclamación sea de un importe superior a 30.000 € se gestionará ante el Servicio de Responsabilidad Patrimonial de la  Consellería de Sanidad C/ Micer Mascó, 31-33 46010 Valencia.

La reclamación patrimonial deberá contener, además de los datos de identificación o de representación, las lesiones producidas, la presunta relación de causalidad entre éstas y el funcionamiento del servicio público, la evaluación económica de la responsabilidad patrimonial, si fuera posible, el momento y el lugar en que la lesión se produjo y el centro o centros sanitarios implicados.

La reclamación patrimonial deberá presentarse junto con las alegaciones, documentos originales, facturas u otra información que se considere necesaria para justificar la solicitud o reclamación y todas aquellas pruebas que considere necesarias para demostrar su solicitud.

El servicio de Asesoría Jurídica,  dispone de un plazo de 6 meses, a contar desde la fecha de entrada de la reclamación en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación, para resolver y notificar la resolución.

Descargar formulario de responsabilidad patrimonial de cuantía inferior o igual a 30.000 euros


Una vez cumplimentado se puede presentar:

  • Presencialmente en el SAIP de atención especializada de La Fe.
  • Presencialmente a través de cualquier Registro Oficial (ayuntamiento, hospitales, PROP, etc.), dirigido al Registro del Hospital Universitari i Politécnic la Fe al SAIP de atención especializada.
  • Telemáticamente a través de la sede electrónica como solicitud RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL: Para realizar este trámite será necesario disponer de certificado digital.

https://sede.gva.es/es/detall-tramit?id_proc=21760