Reclamación patrimonial
Normativa
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE n.º 236, de 02/10/15)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- Resolución de 21 de diciembre 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se delegan competencias en materia de responsabilidad patrimonial. DOGV núm. 9245 de 21-10-2024
Una reclamación o responsabilidad patrimonial es el procedimiento establecido para tramitar y resolver las reclamaciones de importe no superior a 30.000 € que los particulares interpongan por los daños y perjuicios que se entiendan causados por la prestación de los servicios públicos, o con ocasión de estos, en el ámbito competencial de la Conselleria de Sanidad.
Cuando la cuantía de la reclamación sea de un importe superior a 30.000 € se gestionará ante el Servicio de Responsabilidad Patrimonial de la Consellería de Sanidad C/ Micer Mascó, 31-33 46010 Valencia.
La reclamación patrimonial deberá contener, además de los datos de identificación o de representación, las lesiones producidas, la presunta relación de causalidad entre éstas y el funcionamiento del servicio público, la evaluación económica de la responsabilidad patrimonial, si fuera posible, el momento y el lugar en que la lesión se produjo y el centro o centros sanitarios implicados.
La reclamación patrimonial deberá presentarse junto con las alegaciones, documentos originales, facturas u otra información que se considere necesaria para justificar la solicitud o reclamación y todas aquellas pruebas que considere necesarias para demostrar su solicitud.
El servicio de Asesoría Jurídica, dispone de un plazo de 6 meses, a contar desde la fecha de entrada de la reclamación en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación, para resolver y notificar la resolución.
Descargar formulario de responsabilidad patrimonial de cuantía inferior o igual a 30.000 euros
Una vez cumplimentado se puede presentar:
- Presencialmente en el SAIP de atención especializada de La Fe.
- Presencialmente a través de cualquier Registro Oficial (ayuntamiento, hospitales, PROP, etc.), dirigido al Registro del Hospital Universitari i Politécnic la Fe al SAIP de atención especializada.
- Telemáticamente a través de la sede electrónica como solicitud RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL: Para realizar este trámite será necesario disponer de certificado digital.
https://sede.gva.es/es/detall-tramit?id_proc=21760