Libre elección de médico/a o atención especializada atención médica

Normativa


La libre elección de médico/a o servicio de atención especializada es el derecho de las personas usuarias a elegir el facultativo/a especialista o el servicio de atención especializada en el que desean ser atendidas, dentro de los departamentos de salud del sistema público.

Podrá ejercer el derecho a la libre elección toda persona que, de conformidad con lo establecido en la normativa estatal aplicable, ostente la condición de asegurado o beneficiario del Sistema Nacional de Salud y esté en posesión de la tarjeta sanitaria individual, expedida por la Conselleria con competencias en materia de sanidad.

Una vez realizado un cambio de médico o atención especializada, no puede solicitarse un nuevo cambio en la misma especialidad hasta que transcurran seis meses desde el cambio anterior. 

La libre elección de médico/a o servicio de atención especializada se referirá a una atención asistencial específica hasta la finalización del proceso patológico que motivó la elección (alta médica) o desistimiento del paciente. Si en el curso de esta atención asistencial específica, a juicio del facultativo especialista, fuera necesario efectuar interconsultas con otros facultativos especialistas, no se requerirá efectuar una nueva libre elección en favor de estos.

Se deberá aportar un informe del médico/a y/o pediatra del equipo de atención primaria o médico/a de atención especializada del Servicio Valenciano de Salud, que indique la necesidad de atención especializada. En la solicitud de cambio de médico, no es necesario aportar informe.

La resolución de la libre elección le será comunicada por carta notificada a su domicilio en caso de presentación presencial y en su bandeja ciudadana en caso de presentación telemática en el plazo máximo de un mes.

Descargar formulario de Libre Elección de Médico o Atención Especializada.


Una vez cumplimentado se puede presentar:

  • Presencialmente en el SAIP de atención especializada de La Fe.
  • Presencialmente a través de cualquier Registro Oficial (ayuntamiento, hospitales, PROP, etc.), dirigido al Registro del Hospital Universitari i Politècnic La Fe al SAIP de atención especializada.
  • Telemáticamente a través de la sede electrónica como solicitud LIBRE ELECCIÓN: Para realizar este trámite será necesario disponer de certificado digital.

https://sede.gva.es/es/detall-tramit?id_proc=2985

 

En el ámbito de atención primaria, se puede solicitar libre elección

La libre elección del personal sanitario del equipo de atención primaria o centro de atención primaria se ejercerá dentro del departamento de salud asignado en función del municipio de empadronamiento de la persona usuaria o paciente.

 

  • Excepcionalmente, se podrá ejercer libre elección fuera del departamento de salud asignado, en los casos en que concurra: cuando se resida de forma ocasional por períodos superiores a 6 meses por motivos familiares o sociales o proximidad al centro de trabajo.

 

  • En los supuestos en que se ejerza el derecho de libre elección de médico/a o enfermero/a y con el fin de garantizar la organización de los equipos de atención primaria, el cambio de uno de los profesionales lleva aparejada la asignación del profesional correspondiente de la unidad médico-enfermero.

Cuando la libre elección se realice en un centro de atención primaria distinto al asignado por empadronamiento, la libre elección no conllevará la prestación asistencial domiciliaria (urgente o programada), que se seguirá prestando por el personal sanitario del centro que corresponde de origen.

No podrá efectuarse un nuevo cambio de profesional hasta que no transcurran seis meses desde el cambio anterior.

Quienes se hayan visto afectados, por razones organizativas del Sistema Valenciano de Salud, por un cambio de profesional o centro sanitario, una vez transcurrido un plazo de tres meses desde que se efectuó, podrán solicitar ser atendidos por los profesionales sanitarios asignados con anterioridad al cambio.

Descargar formulario solicitud de Libre Elección de Médico y Centro de Atención Primaria.

 

Una vez cumplimentado se puede presentar:

  • Presencialmente en el SAIP de atención primaria de La Fe o en el Centro de Salud correspondiente. 
  • Presencialmente a través de cualquier Registro Oficial (ayuntamiento, hospitales, PROP, etc.), dirigido al Registro del Hospital Universitari i Politécnic la Fe al SAIP de atención primaria.
  • Telemáticamente a través de la sede electrónica como solicitud LIBRE ELECCIÓN: Para realizar este trámite será necesario disponer de certificado digital.

https://sede.gva.es/es/detall-tramit?id_proc=2983